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miércoles, 5 de agosto de 2026

Si tienes dos empleos, ¿cómo se calcula lo que cobrarás durante una licencia médica?


 El consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) aprobó la resolución 641-04, donde se establece un nuevo mecanismo para calcular y distribuir el subsidio por enfermedad común en casos de pluriempleo.  dentro del régimen contributivo del sistema dominicano de seguridad social.

Medida emitida mediante el 30 de julio de 2026, que modifica la normativa del Régimen Contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social.

El CNSS detalló que en el caso de los trabajadores que mantengan más de un empleo activo, el monto de la prestación se determinará tomando como base el promedio de los salarios sobre los que cotizaron durante los seis meses anteriores en cada una de las empresas donde laboran, sin que el cálculo exceda el equivalente a diez salarios mínimos nacionales.

Asimismo, el subsidio será equivalente al 60 % del salario calculado cuando la atención médica sea de carácter ambulatorio y al 40 % en los casos que requieran hospitalización. El pago se dividirá proporcionalmente entre los empleadores, tomando como referencia el último salario percibido por el trabajador en cada empresa.

La resolución establece que cada empleador deberá tramitar la solicitud del subsidio mediante la plataforma habilitada por la Superintendencia de  Salud y Riesgos Laborales (Sisalril). Sin embargo, la prestación solo será aprobada cuando la incapacidad médica impida al trabajador desempeñar las funciones del empleo para el cual se solicita el beneficio. Si la condición de salud afecta únicamente uno de sus puestos de trabajo, el subsidio será concedido exclusivamente por esa relación laboral.

El CNSS detalla que si uno de los empleadores no registra correctamente al trabajador o no reporta sus cotizaciones a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) ese salario podría quedar excluido del cálculo del subsidio por licencia médica, reduciendo el monto de la prestación y obligando al empleado a solicitar la regularización o presentar una reclamación ante la Sisalril si la irregularidad persiste.

Cabe destacar que en la resolución, especifica que la Sisalril, en coordinación con la DIDA, serán las entidades responsables de proveer de información a los beneficiarios y a los empleadores sobre los procedimientos

para la reclamación de los Subsidios por Enfermedad y accidente no laboral

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